Presenta Erick Juárez reformas a la Ley de Participación Ciudadana

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DIC
11
2014
Redacción IM Noticias Morelia, Mich.
A las Comisión de Asuntos Electorales y Participación Ciudadana fue turnada para su estudio, análisis y dictamen la Iniciativa de decreto mediante el cual se reforma la Ley de Participación Ciudadana, presentada en el Segundo Parlamento Juvenil 2014 y retomada por el diputado Erik Juárez Blanquet.

Dicha iniciativa considera viable que la audiencia pública se constituya en el cuarto instrumento de participación ciudadana en la Ley de Participación Ciudadana para el Estado de Michoacán, éste con aplicación a nivel municipal.

Es así, que la audiencia pública municipal tendrá por objeto el debate público (necesariamente oral) entre los funcionarios del municipio y los ciudadanos que tienen duda sobre determinado acto del gobierno municipal o bien que se ven afectados por una problemática que le compete resolver a dichos funcionarios, dando como resultado que el gobierno municipal mantenga informados de manera directa a los administrados sobre lo que está sucediendo en dicha administración y se establezcan acuerdos o la realización de ciertos actos en beneficio de la comunidad.

Con la adopción de la audiencia pública municipal se pretende lograr, señala la iniciativa, que el administrado se sienta protagonista de las decisiones que le afectan, gozando de este modo, los actos del gobierno municipal, de legitimidad; fomentar y practicar el derecho de opinión, constituyendo una experiencia educativa; institucionalizar un mecanismo de forma permanente de control de la administración municipal; crear un mecanismo de distribución de poder, en la medida que la administración municipal requiere una confrontación permanente de sus proyectos con la ciudadanía que defienden intereses generales y fomentar la organización de los ciudadanos de una manera más técnica y eficaz.

La audiencia pública municipal podrá ser solicitada por cualquier grupo de habitantes del municipio, representante de una organización y representantes populares en el Estado como es el caso de los diputados locales; esto no exime la posibilidad de que las autoridades municipales puedan convocar a una audiencia pública cuando así lo consideren pertinente, tal es el caso del cabildo, presidente municipal, regidores y demás servidores públicos de la administración municipal cuyos actos generen algún interés común por parte de la ciudadanía.

La solicitud deberá especificar los temas que se analizarán en determinada audiencia y los nombres de los solicitantes, así como lugar y fecha donde se desarrollará; las autoridades estarán obligadas en un término de siete días a dar contestación a dicha solicitud y de igual forma se informará si asistirá el funcionario requerido o un representante.

Juárez Blanquet destacó que con la incorporación de este instrumento de participación ciudadana al ordenamiento jurídico multicitado, se fortalece el desarrollo de una verdadera cultura democrática, además de que dicho instrumento ayudará a mejorar el ámbito social, económico y cultural de los municipios, haciendo valer el derecho de la intervención y participación de los ciudadanos en las decisiones públicas.


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