JUL 082019 Y es que actualmente el artículo quinto de la Ley de Asistencia Social del Estado de Michoacán de Ocampo, al contener un listado de personas preferentes a ser sujetos de atención de los servicios de asistencia social, para lo cual se advierte que, en su primera fracción, se mencionan a las y los niños que se encuentren en estado de abandono, desamparo, desnutrición o sujetos a maltrato; pero, no se contemplan a las y los niños expósitos, siendo estos, todos aquellos menores de edad, criados dentro de una institución orfanatoria, dejándolos como jóvenes en simple "estado de abandono". Actualmente también a estos infantes se les muestra de una manera muy breve y además discriminatoria, al ser textualizado tan solo con el término "menores infractores", siendo que la situación de estos no corresponde a tal caracterización. "Esta iniciativa de reforma pretende garantizar de tal modo el respeto y la accesibilidad de los derechos y servicios que han de recibir, abarcando estos desde la atención a infantes y senescentes en instituciones especializadas, hasta la prevención de discapacidades y su rehabilitación" concluyó la diputada zacapense. |