Credos.

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Tertium non datur
  
MAY
04
2026
Jorge Álvarez Banderas Morelia, Mich. Las ideas o principios de la clase política en turno no son muy distintas de las de otras administraciones, los elementos de una idea bajo las condiciones de poder resultan iguales cuando se administra a la nación, las condiciones son las mismas en el caso que deseo plantear en el día donde se honra la lucha histórica por los derechos laborales en muchos países del mundo.
El primero de mayo de 2019, se publicó una reforma a la Ley Federal del Trabajo que aparentemente transforma el sistema de justicia laboral, garantizando la libertad sindical y democracia interna, se eliminan las Juntas de Conciliación y Arbitraje, el voto en los sindicatos es libre y secreto, siendo obligatoria la conciliación previa a iniciar una acción legal, se reforzaron las prohibiciones de discriminación laboral y se incluyeron disposiciones para proteger a las trabajadoras del hogar.
El primero de mayo de 2026, se publicó una reforma a la Ley Federal del Trabajo que aparentemente disminuye la jornada laboral de 40 horas a la semana que prohíbe reducir sueldos, solo que dicha reforma es escalonada hasta el año 2030, se consolidan aumentos al salario mínimo y se establecen nuevas obligaciones preventivas contra la discriminación y violencia laboral, sobresaliendo la imposición de sanciones a los patrones que incumplan con registrar de manera electrónica la jornada laboral de cada persona trabajadora, incluyendo el horario de inicio y finalización; así como proporcionarlo a la autoridad cuando se le requiera.
Las sanciones se tasan de 250 a 5000 Unidades de Medida y Actualización (UMAS), a la persona empleadora obligada que incumpla con lo anterior, en términos económicos actuales hablamos de sanciones que pueden ir de 29 mil 397 pesos a 586 mil 550 pesos.
Las dos reformas anteriores parecen surgir de un discurso pro-trabajador, contrario a la reforma a la Ley Federal del Trabajo de otra administración, donde se pretendía flexibilizar la contratación, regulando la tercerización de servicios (outsourcing), limitando el pago de salarios caídos a un año, buscando aparentemente modernizar el mercado laboral y fomentar el empleo.
Los credos políticos de la anterior administración y la actual, tendientes a favorecer al trabajador mexicano tienen un doble discurso, entre una reforma y otra, se le expropia su patrimonio a miles de jubilados y pensionados sin indemnización alguna bajo un parámetro subjetivo que es la mitad de la remuneración establecida para la persona titular del Ejecutivo Federal en el presupuesto correspondiente.
Esta reducción solo es para el personal de confianza a cargo de los organismos descentralizados, las empresas públicas del Estado, las sociedades nacionales de crédito, las empresas de participación estatal mayoritaria y los fideicomisos públicos constitutivos de entidades paraestatales, todos del Gobierno Federal, así como los organismos descentralizados, las empresas de participación estatal o municipal mayoritaria, las empresas públicas y los fideicomisos públicos, de las entidades federativas y de los municipios; así como para las personas consejeras electorales, las magistradas y magistrados electorales, titulares de las secretarías de órganos administrativos y titulares de áreas ejecutivas y técnicas u homólogos del Instituto Nacional Electoral, los organismos públicos locales electorales y los tribunales electorales de las entidades federativas.
Esta expropiación también alcanzará en unos días más al personal de confianza de la federación, de las entidades federativas y municipios de la nación, en un plazo no mayor al 11 de julio de 2026, el Congreso de la Unión y las Legislaturas de las entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, deberán revisar y, en su caso, adecuar el marco jurídico aplicable, a fin de hacerlo congruente con lo dispuesto en el Decreto del 10 de abril pasado que ordenó sin más la reducción en cita a los jubilados y pensionados. @lvarezbanderas

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