JUL 092016 Explicó que actualmente, para el caso del plebiscito, la normativa señala equivocadamente que se podrá consultar a la ciudadanía cuando "se trate de bandos de gobierno o reglamentos que emitan los Ayuntamientos", cuando en realidad debería decir: "de actos o decisiones" de los gobiernos municipales. Añadió que su iniciativa plantea una disminución en la votación del al 60 al 50 por ciento en el mismo sentido para que el referéndum y el plebiscito puedan ser vinculatorios, es decir, que será más accesible para la ciudadanía expresar o manifestar su rechazo a las leyes, decretos, reglamentos, órdenes, acuerdos, circulares, documentos normativos o bandos de gobierno que expidan los ayuntamientos, el gobierno estatal, el Congreso local o los órganos autónomos. |