AGO 202019 La legisladora morenista explicó que el uso de plataformas digitales así como la facilidad del acceso a equipos electrónicos, no debe ser visto de manera negativa, sin embargo, "? debemos estar preparados y generar estrategias y herramientas que prevengan la comisión de delitos". En ese sentido, agregó que, "? la difusión de material fotográfico, audio o video, así como las conversaciones cuyo contenido es erótico o sexual, es sumamente común entre parejas o amigos, en atención a la confianza o afinidad que existe entre ellos; lo cual es válido siempre y cuando sea bajo el consentimiento y responsabilidad de los participantes". De encontrar alguna responsabilidad en torno a agresiones sexuales, provenientes de medios digitales, la diputada Sandra Luz puntualizó que en su iniciativa se promoverá de uno a tres años de prisión y multa de cincuenta a ciento cincuenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización. Precisó que de acuerdo con la iniciativa que en próximos días presentará, cuando la víctima se encuentre potencialmente en situación de vulnerabilidad en razón de edad, origen étnico, discapacidad o no tuviere la capacidad de comprender el significado del hecho, la pena prevista se aumentará en una mitad y hasta dos terceras partes de la máxima. La diputada concluyó al remarcar que entidades como Puebla, Veracruz, Chiapas, Oaxaca, Coahuila, Yucatán, han tipificado la violencia a la intimidad sexual, como el acto de divulgar, distribuir, compartir, publicar o solicitar fotografías, audios o videos de contenido íntimo, erótico o sexual, sin el consentimiento de la víctima, por lo cual subrayó la necesidad de que Michoacán no sea la excepción. |