Que la JUCOPO no pueda expulsar de manera arbitraria a diputados de Comisiones: Balta Gaona

Que la JUCOPO no pueda expulsar de manera arbitraria a diputados de Comisiones: Balta Gaona
MAS DE CONGRESO

Xóchitl Ruiz respalda acción histórica para evitar reducción de penas en casos de feminicidio

Vicente Gómez Núñez rinde su primer informe de labores legislativas

Congreso del Estado participa en el Segundo Simulacro Nacional de Sismo

Avala Vicente Gómez cambios legislativos para eficientar labor de la FGE

Xóchitl Ruiz solicita que la iniciativa de Ley de la Fiscalía General sea analizada
  
JUN
12
2019
Redacción IM Noticias Morelia, Mich. Con la finalidad de que se proteja el derecho que tienen las y los diputados de formar parte de las comisiones y comités al interior del Congreso de Michoacán y que este derecho no pueda ser vulnerado por la Junta de Coordinación Política (JUCOPO), el diputado local Baltazar Gaona García, propuso que se eleve a rango constitucional esta facultad.

En la máxima tribuna del estado, el legislador del Partido del Trabajo (PT) subrayó que actualmente con la atribución que tiene la JUCOPO de reestructurar, destituir o expulsar a algún diputado que integra alguna comisión o comité, puede usarla como un mecanismo de chantaje o mordaza, limitando la libertad que deben de tener los diputados para desempeñar el encargo que el pueblo les confirió.

"Actualmente los integrantes de la Junta de Coordinación Política pueden disponer de sus atribuciones para expulsar o remover de manera unilateral a cualquier diputado de la comisión o Comité que integre o presida, violentando con este actuar un derecho humano de los diputados, que emana del ejercicio de sus derechos político-electoral", aseveró.

Gaona García, reiteró que hoy en día es necesario incorporar en la Constitución del Estado de Michoacán como un derecho constitucional que los diputados formen parte durante su encargo de las Comisiones y Comités, así como integrar los órganos del Congreso, esto en razón que, en el ejercicio de sus derechos político- electorales previsto en el artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, deriva en que los diputados puedan ejercer a plenitud el ejercicio de funciones y no se vea acotado por la JUCOPO al conformar o reestructurar las Comisiones y Comités.

"Los derechos político-electorales y los que se deriven de su ejercicio, son derechos fundamentales, esto es así en virtud en que todos los seres humanos estamos dotados del status de personas, de ciudadanos o personas con capacidad de obrar, tenemos de manera intrínseca la propia calidad humana que tiene la persona", finalizó.





INICIO || CONTACTO
IMARMX .::. by Libre Venta .::. México