OCT 312016 La propuesta que fue presentada por el diputado Raymundo Arreola modifica el artículo 97 de la Constitución Política del Estado de Michoacán, a efecto de que los únicos facultados para la elección o designación del Comisionado Presidente serán los propios Comisionados Integrantes del Instituto y no el Pleno del Congreso, para que esté plenamente garantizada la autonomía del organismo garante. Iniciativa que los integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales, consideraron que no contraviene ni a la constitución estatal ni la federal, así como las leyes locales, sino al contrario, abona a la autonomía del propio Instituto; por ello, aprobaron el dictamen de "ha lugar" que será puesto a consideración del Pleno en sesión ordinaria. |