
JUN 202012 El representante del tricolor ante los órganos electorales, manifestó que la denuncia fue presentada en contra del Presidente Municipal, Alberto Contreras Mendoza y del Ayuntamiento de Cotija por difundir acciones de Gobierno Municipal y Obras Públicas realizadas durante el período de campaña electoral federal en el lapso del 30 de marzo al 14 de junio. El PRI argumentó y demostró ?dijo- que el Ayuntamiento de Cotija, Michoacán, al difundir propaganda gubernamental violó de manera grave y sustancial en el referido Municipio, los artículos 41, fracción III, apartado C y 134, párrafos séptimo y octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con lo dispuesto en el artículo 347, numeral 1, incisos b) y c) del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Sostuvo que en la presentación de la Queja, el PRI le demostró al IFE que, con esta conducta irregular, el Ayuntamiento de Cotija, Michoacán, irrespeta los principios constitucionales fundamentales de imparcialidad y de equidad en la contienda electoral, es decir, no ha mantenido una conducta de Imparcialidad en el proceso electoral federal ordinario 2012, y ha caído en la adicción de entrometerse en el referido proceso electoral, para apoyar a los candidatos del PAN. García Maldonado puntualizó finalmente que la prohibición de difundir propaganda gubernamental en los períodos de campaña electoral, es una prohibición de orden constitucional, que se implementó con la reforma del año 2007, en la que se frena, desde nuestra Ley Fundamental, la participación activa de los servidores públicos y poderes públicos en los procesos electorales. |