No más tortura para Michoacán: Rosa María de la Torre

No más tortura para Michoacán: Rosa María de la Torre
MAS DE CONGRESO

La extorsión en Michoacán no se denuncia por miedo: Memo Valencia

Congreso del Estado aprueba reforma constitucional para combatir extorsión en el país

Avala 76 Legislatura reforma constitucional para que Senado ratifique grados superiores de la Guardia Nacional

Presenta Vicente Gómez Núñez informe de la Comisión de Seguridad Pública y Protección Civil

Adriana Campos Huirache exige justicia por asesinato de migrante michoacano y expresa solidaridad con su familia
  
MAR
16
2016
Redacción IM Noticias Morelia, Mich.
La diputada priísta Rosa María De la Torre Torres, integrante de la Septuagésima Tercera Legislatura del Congreso del Estado de Michoacán de Ocampo, presentó Iniciativa de Decreto para adicionar al Título Décimo Sexto, el Capítulo XII denominado De la Tortura, al Código Penal para el Estado de Michoacán.

Al respecto, la diputada de la Torre dijo que a pesar de que se han firmado varios Tratados Internacionales y Protocolos para prevenir y sancionar las prácticas de Tortura, no se han disminuido las conductas violatorias de derechos humanos como el de no ser sometido a torturas, penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

En este sentido, el Presidente de la República, Licenciado Enrique Peña Nieto, presentó ante la Cámara de Senadores la Iniciativa Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos de Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles Inhumanos o Degradantes, el día 10 de diciembre de 2015, misma que actualmente se encuentra pendiente de dictamen en Comisiones Unidas de Derechos Humanos, Seguridad Pública y Justicia.

La Iniciativa, se basa en la urgente necesidad de contemplar este tipo penal, cometido por funcionarios del orden Local o municipal, pues en el Estado a diferencia de otros, no se cuenta con una ley en la materia, mismas que de acuerdo con la reforma Constitucional de julio de 2015, continúan vigentes en tanto no se promulgue la Ley Federal.

El artículo 22, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, prohíbe las penas de muerte, de mutilación, de infamia, la marca, los azotes, los palos, el tormento de cualquier especie, mientras que el artículo 29 segundo párrafo del mismo texto constitucional enfatiza que la prohibición de tortura y la protección a la integridad personal son derechos que no pueden suspenderse ni restringirse en ninguna situación.

Dentro de la exposición de motivos, se presentan datos obtenidos del Informe del Relator Especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, mismo que fue presentado en el año 2014 a la Comisión Nacional de Derechos Humanos, y que registró un aumento en los años de 2007 a 2012 sobre denuncias por tortura y malos tratos, reportando un máximo de 2,020 quejas en 2011 y 2,113 en 2012, comparadas con 320 registradas en los años previos a 2007.

"Es difícil conocer un número real de casos de tortura, no existe actualmente un registro nacional y cada entidad tiene datos propios; aunque éstos son más que un simple número, engloba una serie de consecuencias que no solo afectan directamente a las víctimas, también sus familiares directos y la comunidad donde viven, pues ponen en riesgo la paz y seguridad pública", ilustró la diputada priísta.

INICIO || CONTACTO
IMARMX .::. by Libre Venta .::. México