NOV 032016 En sesión ordinaria, los diputados Juan Manuel Figueroa, presidente de la Comisión de Desarrollo Urbano, Obra Pública y Vivienda, así como Eduardo García Chavira, Jaime Hinojosa Campa y Socorro Quintana León, integrantes de la misma, propusieron al Pleno del Poder Legislativo dicho exhorto, ya que derivado de las últimas reformas al Código de Desarrollo Urbano del Estado, se ordena la emisión de las Guías Metodológicas, que son sustanciales para la elaboración de los programas de desarrollo urbano en la entidad, y que a la fecha no han sido expedidas. Tales Guías son un conjunto de lineamientos que deben emitirse de forma especializada, en congruencia con las disposiciones de orden federal, para la elaboración de los programas de desarrollo urbano en la entidad, estas atribuciones le son conferidas a la ahora Secretaría de Desarrollo Territorial, Urbano y Movilidad. Aprueban diputados reforma al Código de Desarrollo Urbano El Pleno de la LXXIII Legislatura aprobó reformas al Código de Desarrollo Urbano, para adecuar el nombre de la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático, antes, Secretaría de Urbanismo y Medio Ambiente, en el Código de Desarrollo Urbano, para que sea un instrumento claro y actualizado en sus nuevas disposiciones, y que no se genere confusión y contradicción en la observancia del mismo. Asimismo, se incluye a la Secretaría de Desarrollo Territorial, Urbano y Movilidad, la cual retoma la materia de urbanismo que antes conocía la ahora secretaría de Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático, entre otras atribuciones que le señala la Ley. De igual forma, se adecúa el nombre de la Comisión legislativa de Desarrollo Urbano, Obra Pública y Vivienda, después de que la Ley Orgánica y de Procedimientos del Congreso fue reformada en sus comisiones. Lo anterior, permitirá optimizar la aplicación de las normas, y fijar las competencias, atribuciones, concurrencia y responsabilidades del Estado y de los ayuntamientos en materia de desarrollo urbano. |