SEP 272019 Hernández Íñiguez recordó que en 2017 se publicó la Ley Estatal de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, para establecer las bases rigen el tratamiento de los datos personales y el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, mediante procedimientos sencillos y expeditos. Por lo anterior, en la pasada Legislatura se aprobó la armonización de la ley, sin embargo, el 25 de abril, la Suprema Corte de Justicia determinó declarar la invalidez del artículo 5º fracción VI, el cual establece que para los efectos de dicha Ley se considerarán como fuentes de acceso público las oficinas municipales catastrales, toda vez que la información que esas poseen no puede consultarse públicamente, sino únicamente por el propietario del bien inmueble de que se trate o, en su caso, por la persona que acredite su interés jurídico. "Es por esto que como integrantes del Congreso del Estado nos corresponde derogar la fracción VI del artículo 5º de la Ley impugnada, por lo que se presenta esta iniciativa a fin de acatar el fallo en sus términos, pues así lo disponen no sólo la Carta Magna y la Ley reglamentaria de su artículo 105, sino nuestra vocación democrática y nuestro respeto por las normas que rigen las relaciones entre los órganos del Estado Mexicano", afirmó la legisladora originaria de La Piedad. |