
MAR 262012 De no rectificar sus solicitudes los partidos políticos y coaliciones el registro de un mínimo de 120 candidatos propietarios y suplentes para diputados y 26 para senadores de un mismo género en un plazo de 48 horas Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI), del Trabajo (PT), Verde Ecologista de México (PVEM), Movimiento Ciudadano y las coaliciones Compromiso por México y Movimiento Progresista se harán acreedores a una amonestación pública y continuará el procedimiento establecido en el artículo 221 de la norma electoral, que señala que una vez transcurrido el plazo, el partido político o coalición que no realice la sustitución de candidatos, recibirá una amonestación pública. Los partidos políticos y coaliciones que no modifiquen los registros de sus candidaturas, se les exhortará para que en un plazo de 24 horas, contadas a partir de la notificación hagan las correcciones y en caso de reincidencia se sancionará con la negativa del registro de las candidaturas |