
NOV 222012 La Comisión de Derechos Humanos del Congreso del Estado, presentó el día de hoy ante el Pleno del Poder Legislativo, un Punto de Acuerdo donde exhorta al Ejecutivo Estatal para que de acuerdo a la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación y la Violencia en el Estado, se instale el Consejo Estatal para prevenir y eliminar la discriminación, siendo este aprobado por unanimidad. "Al día de hoy no se ha instalado, considerando que actualmente dicha ordenanza carece de certeza y protección jurídica para la ciudadanía en la entidad", así lo manifestó la diputada Laura González Martínez. Cabe destacar que en la pasada legislatura fue aprobada la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación y la Violencia en el Estado, misma que fue publicada en el periódico oficial del Gobierno Estatal desde el 2 de enero del 2009, mismo que considera la existencia de dicho Consejo Estatal con la finalidad de prevenir y eliminar la discriminación dentro de la sociedad michoacana. En esta norma jurídica se precisa en su artículo 21 la existencia de un Consejo Estatal para prevenir y eliminar la discriminación y la violencia, por ello, en el Artículo 21 precisa que el consejo Estatal para Prevenir y Eliminar la Discriminación y la violencia es un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio. Por ello, la presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, Laura González Martínez, manifestó en entrevista que dentro de la norma jurídica de dicha Ley se precisa la existencia de un Consejo implementado en la capital michoacana, donde también podrá establecer delegaciones u oficinas permanentes, temporales o itinerantes en el interior del Estado. De igual manera especificando que este sea un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio; adoptando sus decisiones con plena independencia, imparcialidad, así como legalidad y eficiencia. En dicha Ley se adicionalmente los artículos transitorios 2, 3 y 4 donde mandatan al Ejecutivo del Estado a que disponga de sesenta días a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, para designar al Director General del Consejo Estatal para Prevenir y Eliminar la Discriminación y la Violencia. Es importante destacar la necesidad que se instale dicho organismo, toda vez que éste tiene por objeto, diseñar, así como llevar a cabo las acciones conducentes para prevenir y eliminar la discriminación y violencia, así como promover políticas públicas para la igualdad real de oportunidades y de trato a favor de las personas, y minorías, con ello coordinar las políticas, además de acciones implementadas por dependencias que contribuyan al desarrollo cultural con el principio de igualdad real de oportunidades y trato. Adicionalmente el Consejo tiene como virtud, suplir las lagunas jurídicas que no prevé ningún ordenamiento legal para la atención de conflictos en materia de discriminación entre particulares, "con esta implementación Michoacán estaría a la vanguardia como ya lo están en varios estados como lo es el Distrito Federal, Baja California y Coahuila"; argumentó la legisladora panista. Para finalizar, González Martínez señaló que la Comisión de Derechos Humanos del Poder Legislativo no podrá ser omisos ante esta situación, argumentando que debemos velar por la correcta aplicación de lo que mandata la Ley, a fin de que se diseñen y lleven a cabo las acciones conducentes para prevenir y eliminar la discriminación y la violencia en nuestro Estado, para que con ello se garanticen los derechos humanos de los ciudadanos a vivir libres de discriminación y violencia en el marco de una cultura de igualdad. |