DIC 062016 Cabe destacar, que dicha ley dará protección a las madres y padres que tengan hijos en etapa lactante, sin afectar a los empleadores. Entre otras cosas, establece que las instituciones públicas y privadas tendrán la obligación de generar las condiciones apropiadas para el ejercicio del derecho de los lactantes y sus madres, al acondicionar salas de lactancia, que deberán contar con el equipo mínimo necesario para su operatividad. Asimismo, se crea el Consejo Michoacano para el Fomento de la Lactancia Materna, el cual será de carácter honorario y ciudadano, que estará integrado de nueve a once miembros, por un periodo de un año con la posibilidad de reelección hasta por dos periodos, y será la Secretaría de Salud del estado la encargada de emitir la convocatoria correspondiente para su integración. |