Designación de edil sustituto de Santa Ana Maya, con estricto apego a la ley: Olivio

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NOV
14
2013
Redacción IM Noticias Morelia, Mich.
Para los diputados integrantes del grupo parlamentario del PRI en el Congreso del Estado, la designación del Presidente Municipal sustituto de Santa Ana Maya debe realizarse con responsabilidad y estricto apego a la ley.

Bajo esas premisas, los legisladores del PRI expresaron su oposición a que se incluyera en el orden del día de la sesión ordinaria de ese jueves, la propuesta que en ese sentido presentó el legislador Reginaldo Sandoval Flores, a quien convocaron a esperar que el Ayuntamiento notifique al Congreso, a través del Presidente de la Mesa Directiva, de la ausencia definitiva del edil Ygnacio López Mendoza, de acuerdo a lo que prevé el artículo 50 de la Ley Orgánica Municipal.

Al respecto, el presidente de la comisión de Gobernación, Olivio López Mújica explicó que en apego a lo que establece el artículo 115 de la Constitución Política del Estado de Michoacán, el Ayuntamiento, en sesión de Cabildo, decretará la ausencia definitiva del Presidente Municipal.

Posteriormente, el Ayuntamiento debe notificar al Congreso, a través del Presidente de la Mesa Directiva, dicha ausencia definitiva (artículo 50, último párrafo de la Ley Orgánica Municipal del Estado).

En un siguiente paso, la comunicación del Cabildo de Santa Ana Maya debe ser leída en Pleno y turnada a la comisión de Gobernación, según lo establecen los artículos 33 fracción XI y 79 fracción VII de la Ley Orgánica y de Procedimientos del Congreso.

A la referida comisión le corresponde dictaminar a quien propone para ser designado Presidente Municipal de Santa Ana Maya, respetando el origen partidista de quien gobernaba

El dictamen es presentado al Pleno, y una vez aprobado, el presidente de la Mesa Directiva hace la declaratoria de la designación del Presidente Municipal de Santa Ana Maya, por lo que resta del periodo constitucional 2012- 2015.

Finalmente, el presidente de la Mesa Directiva, ante el Pleno, le toma la protesta al edil designado, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 157 de la Constitución del Estado.

López Mújica descartó que los diputados del PRI se opongan a que se dé lectura a la comunicación oficial del Ayuntamiento y a que se sigan los cauces legales; aseguró además que se habrá de respetar el origen partidista del edil sustituto, "solamente pedimos que se sigan los procedimientos contemplados en la Constitución Política del Estado y en la Ley Orgánica y de Procedimientos del Congreso del Estado".




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