
DIC 162013 En sesión pública el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán, por unanimidad de votos, resolvió dejar sin efectos el nombramiento de Pedro Rojas como jefe de Tenencia de San Martín Totolán, y ordenó al ayuntamiento del municipio de Jiquilpan, Michoacán, a que en un plazo no mayor a 30 días convoque y lleve a cabo nuevas elecciones en las que se elija democráticamente al jefe de tenencia de dicha comunidad. Este asunto sienta un precedente importante para la justicia electoral en Michoacán, ya que en la resolución emitida por el Pleno de Magistrados se construyó, a nivel local, la procedencia del Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, ello en cumplimiento a lo ordenado por la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Es así que, con esta resolución, el TEEM hace efectivo el derecho de acceso a la justicia consagrado en el artículo 17 constitucional, precepto interpretado sistemáticamente con diversos artículos de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que también implica el derecho a contar con un recurso sencillo, rápido, efectivo y eficaz que puedan interponer los ciudadanos frente a posibles violaciones a sus derechos humanos de naturaleza política. En el proyecto propuesto por la ponencia de la Magistrada María de Jesús García Ramírez, Presidenta del Tribunal Electoral del Estado se determinó como fundada la pretensión de diversos ciudadanos y ciudadanas de la comunidad de San Martín Totolán, Municipio de Jiquilpan, Michoacán, ordenando al Ayuntamiento convoque y lleve a cabo nueva elección en la que los cuidadanos puedan elegir, através del voto libre y secreto, a su nuevo jefe de tenencia; ello derivado de la renuncia irrevocable de quien inicialmente fue electo para desempeñar el cargo. A partir de este precedente, los ciudadanos que estimen vulnerado alguno de sus derechos político-electorales podrán acudir, en primera instancia, al TEEM y contarán con una segunda instancia en el ámbito federal, en caso de disentir de lo resulto por el órgano local, con lo que se fortalece el federalismo electoral y se acerca la justicia electoral a la ciudadanía, potencializando así el derecho de acceso efectivo a la justicia.0 |