MAY 042017 Los diputados Mario Armando Mendoza, presidente de la Comisión de Gobernación, Pascual Sigala Páez, Andrea Villanueva y Ernesto Núñez, integrantes de la misma; así como, Rosa María de la Torre, Mary Carmen Bernal y Miguel Ángel Villegas, presidente e integrante de la Comisión de Puntos Constitucionales, una vez realizado el análisis y estudio de la demanda, encontraron que de acuerdo al artículo 30 de la Ley de Responsabilidades y Registro Patrimonial de los Servidores Públicos del Estado, los ciudadanos Raúl Leal Cantú y José Luis Cortes, Director y Subdirector Médico del Hospital General Dr. Miguel Silva, no están comprometidos dentro de los servidores públicos que pueden ser sujetos a juicio político. Asimismo, se llegó a la conclusión en el dictamen que será puesto a disposición del Pleno, que la presunta violación en perjuicio de los demandantes de sus derechos humanos, así como el artículo 8 constitucional al cometer omisión en el servicio y no constatar un oficio de petición, presuntamente realizada por Silvia Hernández, Ex Secretaria de Salud en el Estado; Nalleli Pedraza, diputada de la LXXIII Legislatura; y Juan Bernardo Corona Martínez, Secretario de Seguridad Publica en la entidad, no son debidamente acreditados y no actualizan ninguno de los supuestos contenidos en la legislación vigente aplicable, por lo que no procede la denuncia de juicio político. |