25 de junio último día de registro para encuestas de salida y conteos rápidos

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JUN
22
2012
Redacción El 25 de junio es el último día que tienen las personas físicas o morales que pretendan realizar encuestas de salida y/o conteos rápidos para la Jornada Electoral el 1 de julio del 2012.

Lo anterior, en cumplimiento al artículo 237, párrafo 5 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), informó el Vocal Ejecutivo de la Junta Local del IFE en Michoacán, Joaquín Rubio Sánchez.

Dijo que el día de la elección, los entrevistadores deberán portar identificación visible en la que se especifique la empresa para la que labora. Asimismo el IFE les proporcionará una carta de acreditación del registro del ejercicio de medición y su metodología.

Las personas registradas deberán presentar a la Secretaría Ejecutiva del IFE, dentro de los cinco días posteriores a la publicación, la información que utilizó para delimitar la población de estudio y para seleccionar la muestra; el instrumento que se utilizó para la recopilación de la información; la denominación del software utilizado para el procedimiento, así como todos y cada uno de los mecanismos usados para elegir a los individuos entrevistados o a las casillas cuyos resultados se recopilaron.

Dentro del mismo término, deberá presentar por escrito los procedimientos para la selección de la muestra; el calculo de las varianzas obtenidas para las variables del estudio que se refieren a las preferencias electorales de los ciudadanos o las tendencias de votación. Así como una descripción detallada de la forma en que se llevó a cabo el trabajo de supervisión de campo.

Las personas registradas deberán conservar la información hasta 90 días después de que los resultados se hayan hecho públicos. En todos los casos se tendrá que señalar que "los resultados oficiales de las elecciones federales son exclusivamente aquellos que dé a conocer el IFE y en su caso el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación".

Quienes publiquen, soliciten u ordenen la publicación original y por cualquier medio de cualquier encuesta de salida o conteo rápido sobre las preferencias o tendencias de la votación, deberán señalar las características metodológicas, con el fin de facilitar su interpretación.

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