
AGO 202015 El Pleno estableció que si bien la ley no establece conceptos diferenciados sobre la votación válida emitida para conservar el registro como partido político nacional o para tener derecho a la asignación de diputados plurinominales, la votación válida emitida se integra con los votos depositados en las urnas a favor de los distintos partidos políticos y candidatos independientes, por lo que sólo deben deducirse de esa suma los votos nulos y los correspondientes a los candidatos no registrados. |