TEEM resuelve 4 medios de impugnación

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MAY
01
2015
Redacción IM Noticias Morelia, Mich.
El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán, (TEEM) informa que con esta fecha resolvió cuatro medios de impugnación en atención a las quejas de los partidos políticos y de los ciudadanos y de conformidad con las leyes electorales.

Respecto al Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales con la clave TEEM-JDC-432/2015, promovido por Antonio Oseguera Solorio candidato a la primera regiduría del municipio de Lázaro Cárdenas, Michoacán, en contra de la Comisión Electoral Delegación Michoacán, del Partido de la Revolución Democrática, por la sustitución de su candidatura a regidor del municipio mencionado.

Del análisis, se hace ver que de las constancias que obran en autos, el 27 de abril de este año, el quejoso manifestó ante este Tribunal que se desistía de su demanda por el presente juicio, por lo que este órgano colegiado resolvió como no presentada la demanda.

En cuanto al Procedimiento Especial Sancionador con la clave TEEM-PES-009/210, interpuesto por Alejandro Martín Vega en contra de Ignacio Alvarado Laris y el Partido Acción Nacional por actos anticipados de campaña, el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán en cumplimiento a la sentencia emitida por la sala Regional del Tribunal Electoral misma que determinó la existencia de actos anticipados e impuso una multa de 512 mil pesos al Partido Acción Nacional, equivalente a 7 mil 500 días de salario mínimo y al entonces precandidato Ignacio Alvarado Laris una multa por 170 mil 700 pesos, equivalentes a 2 mil 500 días de salario mínimo.

Es importante destacar que las multas se encuentran dentro de los límites previstos por la normativa electoral y acorde los parámetros de la Sala Regional Toluca.


Por lo que ve al Recurso de Apelación RAP-012/2015, TEEM-RAP-016 y TEEM-RAP-019/2015, acumulados, promovido por los partidos: Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática y Silvano Aureoles Conejo, contra la resolución del 31 de marzo del 2015 del Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán (IEM) dentro del procedimiento administrativo PA-01/2014 y IEM-PA-04/2104, por presuntas infracciones a la normativa electoral que constituyen una indebida promoción personalizada contenida en espectaculares relativa al primer informe de labores legislativas.

Del estudio se desprende que en cuanto a los agravios de Aureoles Conejo el Partido de la Revolución Democrática, fueron calificados como inatendibles, dado que sus argumentos controvierten determinaciones que no les deparó perjuicio.

En cuanto al Partido Revolucionario Institucional, éste alega que el único medio de prueba que se tomó en consideración para eximir a los denunciados fue el contrato de espacios publicitarios de 10 de diciembre de 2013, que celebró Silvano Aureoles Conejo con la empresa EMN-EMPRENDEDORES, S.A de C.V. para difundir dichos espectaculares en la ciudad y que ésta fue obligada a retirar la totalidad de los anuncios y quedó acreditado que la mencionada empresa no los retiró, que ésta fue la que vulneró la norma electoral. Se califican de fundados los agravios del Partido Revolucionario y se determinó que Silvano Aureoles Conejo es responsable; sin embargo, la ley aplicable no estipulaba sanción; por ello no se le sancionó.

Por último, en lo referente al Procedimiento Especial Sancionador TEEM-PES-042/2015, interpuesto por el Partido Movimiento Ciudadano en contra del Partido Movimiento Regeneración Nacional, (Morena) y César Enrique Palafox Quintero, precandidato a la Presidencia Municipal de Los Reyes Michoacán, por el Partido Acción Nacional, por presuntas infracciones a la normativa electoral consistentes en proselitismo y promoción de propaganda electoral fuera de los tiempos, así como actos anticipados de campaña, tuvo exposición de propaganda fuera de los tiempos establecidos por la normativa electoral, al mantener propaganda vinculada a su candidatura con la frase: ¡Palati! ¡Palaél!, ¡Palatodos!.
Por lo expuesto, este Tribunal resolvió imponer una amonestación pública tanto para el candidato Palafox Quintero como para el Partido Acción Nacional.


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