
FEB 052015 El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM), en sesión pública de Pleno determinó confirmar, la multa de 72 mil 448.79 pesos impuesta por el Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán, al Partido de la Revolución Democrática. Es importante precisar que dicha multa fue impuesta, entre otras, al partido político mencionado en el Procedimiento Administrativo Oficioso, iniciado con motivo de la omisión de reportar el origen de los recursos utilizados para pagar propaganda electoral. Al respecto, contrariamente a lo señalado por el instituto político referido se acreditó su responsabilidad en la modalidad de culpa in vigilando, ya que si bien no realizó los acciones para la colocación de la propaganda directamente, sí estuvo en posibilidad de conocer del acto irregular y el beneficio que éste le proporcionaba, pues el sólo hecho de manifestar que no tuvo conocimiento de la existencia de la propaganda referida no lo deslinda de su responsabilidad de vigilar el origen de los recursos con que ésta se pagó. Por tal motivo y en consideración de los elementos empleados por la autoridad administrativa para estimar el monto de la multa, así como de los argumentos y razones aportadas para su justificación, los Magistrados del Tribunal Electoral concluyeron que ésta fue establecida acorde a las circunstancias que rodearon la violación de la norma, así como en base a los parámetros para la calificación, individualización e imposición de la sanción. |