
MAR 092015 De acuerdo con el toca 64/2015, la revocación se basó en tres elementos jurídicos principales. Primero, el marco referencial de carácter sociológico, es decir el contexto social, en el cual se tomó en consideración que el grupo de autodefensa de Hipólito Mora tuvo legitimación, o sea reconocimiento institucional, y se conformó en Fuerza Rural. Segundo, se tomó en cuenta el argumento de carácter humanista con antecedentes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, donde se ha dado tratamiento a los grupos de autodefensas. Tercero, la aplicación del marco normativo del estado, donde se acreditó la legítima defensa de los imputados en los hechos del pasado 16 de diciembre en la Tenencia de Felipe Carrillo Puerto "La Ruana", en la demarcación de Buenavista. |