
DIC 132014 En un comunicado, indicó que de acuerdo a la Tesis XXXII/2014, las entidades federativas tienen la facultad de regular la forma de participar de los partidos políticos nacionales en sus respectivos ámbitos territoriales. En ese sentido, los institutos políticos nacionales no pierden su registro nacional, personalidad jurídica o sus derechos constitucionalmente previstos y tampoco se afecta el patrimonio, ni sus activos adquiridos con financiamiento público federal. La Tesis aprobada el 29 de octubre de 2014, se derivó de un juicio de revisión constitucional interpuesto por el Partido Acción Nacional (PAN) en contra del Tribunal Electoral el Estado de Guerrero. |