Iris Mendoza presenta Iniciativa de Nueva Ley Minera

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ABR
30
2013
Redacción IM Noticias México, DF.
Es un orgullo para mí, es un honor para el PRD el presentar esta ley. Es una ley que nace del dolor, la muerte de activistas, la persecución de líderes opositores a mineras depredadoras, del daño causado en regiones y comunidades al medio ambiente y a la salud pública.

Es una ley que nace del reclamo de pueblos lastimados, avasallados por poderosas empresas coludidas con un gobierno sordo y ciego a los reclamos justos sociales.

Esta ley no nace en los gabinetes del senado, en los corrillos legislativos, es una ley que nace en las comunidades y pueblos lastimados y agraviados por el poder económico y político de empresas que desarrollan impunemente la segunda colonización minera del país, con un saldo más trágico y doloroso que los 300 años de explotación minera en el México colonial e independiente.

Resalto en particular el esfuerzo de los compañeros del Frente Amplio Opositor de San Luis Potosí (FAO), ellos fueron el motor, al lado de nuestro compañeros del Movimiento de Afectados por la Minería (REMA) de esta iniciativa construida desde abajo, desde las extrañas terribles de la minería a cielo abierto en nuestro país.

Me honra profundamente ser la portavoz de este esfuerzo social, de este ejercicio ciudadano de legislar al lado de las organizaciones sociales en lucha contra las mineras depredadoras del medio ambiente y la salud comunitaria.

En este contexto, y con objeto de cumplir con los mandatos constitucionales y de los Tratados Internacionales ratificados por el Congreso de la Unión, equiparables en jerarquía con nuestra Carta Magna, lo mismo que armonizar los avances alcanzados con las recientes reformas constitucionales, es jurídica y socialmente necesario actualizar y superar anacronismos remanentes en leyes secundarias como la actual Ley Minera, entre otras, se presenta esta iniciativa.

Es generalizada la percepción social, política y legislativa de que a la par de evidentes anacronismos, existen en la vigente Ley Minera elementos de inconstitucionalidad, carentes de congruencia por el mandato constitucional de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. Razón suficiente para que sea la vía legislativa acción idónea para superar esas deficiencias, además de dar cumplimiento al deber que el propio primer artículo constitucional establece acerca de que el Estado debe prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley (Artículo 1 Constitucional).

El propósito jurídico de esta Iniciativa es sin lugar a dudas, cumplir con el mandato actualmente vulnerado de ofrecer seguridad jurídica a todos los actores de nuestra sociedad, a los habitantes de las comunidades integradas en los municipios, entidades federativas, regiones y todo el país, así como aquellos organizados para actividades lucrativas.

Mediante la acción legislativa se propone armonizar el marco jurídico de la actividad minera, excluyendo la actividad sobre hidrocarburos y minerales radioactivos, con el marco de garantía plena de los derechos humanos, económicos, sociales, culturales y ambientales, del Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) y de otros instrumentos del derecho internacional relacionados con la garantía y ejercicio de los derechos socio-ambientales en los que nuestro país participa en su construcción en el seno de la Organización de las Naciones Unidas, específicamente la convención del Cambio Climático y el Protocolo de Kioto.

Se busca reforzar la capacidad institucional de regulación, inspección y vigilancia sobre la actividad minera a la vez que hacer efectivo el cumplimiento de los derechos y obligaciones respecto de las garantías de ejercicio de los Derechos de los Pueblos Indígenas (Convenio 169, Declaración de la ONU sobre Derechos de los Pueblos Indígenas); adicionalmente, se trata de introducir mandatos preventivos frente al peligroso crecimiento del pasivo ambiental minero, así como de fortalecer compromisos de cooperación ambiental, entre ellos el fortalecer los instrumentos vinculantes de Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, derivados de actividades económicas como la minera y otros asociados el Acuerdo Paralelo de Cooperación Ambiental del Tratado de Libre Comercio de América del Norte.

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