
ENE 232015 El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM), en sesión pública de Pleno resolvió declarar inexistente las conductas denunciadas en contra de Jorge Armando Rubio Monroy, Rosa María Salinas Téllez y el Comité Directivo Municipal del Partido Acción Nacional. En el escrito de queja, Gerardo Correa Cosío señaló presuntos actos anticipados de precampaña cometidos por Rubio Monroy, Presidente del Comité Directivo Municipal, en Zitácuaro, Michoacán del PAN, en favor de Rosa María Salinas Téllez, y por ella misma, consistentes entre otros, en la distribución de calendarios a los militantes de dicho instituto político. Al respecto, y derivado de las pruebas presentadas, el Pleno de Magistrados determinó que no fue posible acreditar lo dicho por el quejoso, toda vez que para ello presentó únicamente notas periodísticas, y un acta notarial destacada fuera de protocolo, prueba que sólo puede aportar indicios, al considerarse que la información de que dispongan ciertas personas sobre situaciones que les consten de manera directa, pueden contribuir al esclarecimiento de los hechos controvertidos, sin embargo, en el caso concreto dicha diligencia se practicó sin involucrar directamente al juzgador, ni asistir el contario al oferente de la prueba; tal falta de inmediación merma el valor que pudiera darse a la probanza que si su desahogo se hubiera llevado en otras condiciones, de ahí que no se hubiera tenido por acreditada la comisión de los actos anticipados de precampaña señalados. Así las cosas, los magistrados del TEEM llegaron a la conclusión de declarar inexistente la falta señalada en contra de Jorge Armando Rubio Monroy, Rosa María Salinas Téllez y el Comité Directivo Municipal del Partido Acción Nacional. |