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SEP
04
2014
Redacción IM Noticias Morelia, Mich.
En sesión pública, el Pleno de Magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán resolvió a través del Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales, por unanimidad de votos, revocar el acuerdo emitido por la Comisión del Orden del Comité Estatal del Partido Acción Nacional, en la queja presentada por la ciudadana Claudia Serna Gómez.

Lo anterior derivado de que, si bien es correcto que la ciudadana no puede acudir de forma directa a la Comisión de Orden, toda vez que no está facultada para resolver su queja, sí puede hacerlo ante el Comité correspondiente del instituto político mencionado, a fin de que se resuelva lo que en derecho proceda. Por lo que no debió desecharse la queja, sino reencausarse a la autoridad competente.

Por lo anterior la Comisión referida deberá emitir un nuevo acuerdo con la finalidad de remitir al comité que corresponda la denuncia y que éste en plenitud de atribuciones resuelva lo que corresponda.

Con este asunto se cumple con la disposición constitucional derivada de la reforma político electoral de 2014, de resolver en plenitud de atribuciones por parte del los Tribunales locales, los Juicios de Protección de los Derechos Políticos electorales, mismos que, en el caso de Michoacán, eran resueltos como asuntos especiales.



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