
FEB 042015 De modo opuesto, en el mismo expediente, por mayoría de votos de los Magistrados del TEEM, se resolvió revocar la parte del acuerdo relativa a los colores de la imagen que utiliza dicha planilla, luego de que el IEM solicitara a la Asociación Civil Todos por Morelia realizara un cambio en sus colores representativos debido al parecido que tiene con los del Partido del Trabajo (PT), por lo que no deberá cambiar los mismos, como consecuencia de que los Magistrados estimaron que, en observancia a una jurisprudencia del Tribunal Federal, los elementos por separados de los emblemas, como son los colores, no generan derechos exclusivos para el que los registró. En otro tema, resolvió declarar procedente la solicitud de registro de Ana Karina López Espino como candidata a diputada local propietaria por el principio de mayoría relativa, en el distrito electoral local 12, con sede en Ciudad Hidalgo Michoacán, que la Comisión Estatal de Procesos Internos del Partido Revolucionario Institucional (PRI) había declarado improcedente, ya que de acuerdo con el instituto político López Espino no cumplía con el 25 por ciento de apoyo en el territorio correspondiente al cargo que aspira. Contrariamente a ello, la actora sí cumplió con el requisito señalado, toda vez que de la revisión de las constancias, se advierte que se presentaron un total de 37 apoyos de presidentes de comités seccionales, de los cuales 34 fueron entregados con su respectiva copia simple de la credencial de elector, superando el 25 por ciento necesario. Por tal motivo, el Pleno de Magistrados del TEEM ordenó a la Comisión de Procesos Internos del PRI cumplir con la ejecutoria de la sentencia, en la que se declaró procedente la solicitud de registro. |