
MAR 032013 La Suprema Corte de Justicia de la Nación abrió la puerta al reconocimiento de la protección de los consumidores como derecho fundamental al atraer la acción de grupo que la Profeco presentó contra Nextel, consideró el Subprocurador Jurídico, Rafael Ochoa. El funcionario de la Procuraduría Federal del Consumidor comentó que la decisión trae como consecuencia beneficios en criterios de la defensa de los consumidores y a la manera en que los particulares podrán acreditar el daño del proveedor por fallas en la prestación de servicios en futuras acciones colectivas Refirió que el pasado 19 de febrero, la SCJN determinó ejercer la facultad de atracción de la acción de grupo que la Profeco inició contra Nextel debido a la mala calidad de los servicios que prestó en 2010. En su oportunidad, la Primera Sala de la SCJN, que presidie el Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, conoció la solicitud de atraer el litigio en contra de Nextel en el que se demanda para los consumidores una indemnización correspondiente por las fallas registradas durante ese año. Ochoa Morales detalló que bajo los argumentos presentados por el Ministro Pardo Rebolledo, el resto de los ministros integrantes de la Primera Sala Civil y Penal del máximo órgano jurisdiccional votaron por unanimidad para aplicar la facultad de atracción del caso. Con ello, dijo el Subprocurador, la SCJN reconoce la protección de los consumidores como derecho fundamental, en específico en materia de telecomunicaciones. |