
FEB 022015 En un comunicado se informó que en la sentencia impugnada, el tribunal responsable había declarado inexistentes las violaciones aducidas por el PRI, en contra del Partido Acción Nacional y su precandidato, en lo que consideraron actos anticipados de campaña para la elección de la presidencia municipal de Morelia, Michoacán. La mayoría de los integrantes del pleno razonaron que sí existió una promoción indebida de la imagen del precandidato, ya que del análisis de los promocionales exhibidos, no resulta fácil para la ciudadanía en general, percatarse de que se trata únicamente de una precandidatura del Partido Acción Nacional y que la promoción, se encuentra dirigida únicamente a los militantes del partido, por lo que llegaron a la conclusión de que sí se trató de actos anticipados de campaña, lo que daña la equidad de la contienda. |